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European Anti-Fraud Office
Denuncia de fraudes

Reclamaciones y solicitudes

Por favor, no utilice las direcciones de correo electrónico que figuran más abajo para presentar acusaciones de fraude.

Si desea denunciar un fraude, diríjase a la página «Denuncia de fraudes» y, para cualquier otra consulta, a la página «Contactos».

Reclamaciones

Reclamaciones relativas a las garantías procedimentales (Reglamento n.º 883/2013)

En sus investigaciones, la OLAF busca pruebas a favor y en contra de las personas implicadas. Todas las investigaciones de la OLAF deben llevarse a cabo de manera objetiva, imparcial y conforme al principio de presunción de inocencia y a las garantías procedimentales enunciadas en el artículo 9 del Reglamento n.º 883/2013

Si considera que la OLAF ha vulnerado sus derechos en el contexto de sus investigaciones, puede presentar una reclamación.

  • Reclamaciones de las personas implicadas

Si es usted una persona implicada en una investigación de la OLAF, en el sentido del artículo 2, apartado 5, del Reglamento n.º 883/2013, puede presentar una reclamación ante el controlador de las garantías procedimentales, con arreglo al mecanismo de denuncia establecido en el artículo 9 ter del Reglamento, en relación con el cumplimiento por parte de la OLAF de las garantías procedimentales o de las normas aplicables a sus investigaciones.

Para más información, consulte: Controlador – Presentar una reclamación.

  • Reclamaciones de otras personas

Otras personas afectadas por una investigación de la OLAF, como los informadores, los denunciantes de irregularidades o los testigos, pueden presentar una reclamación ante el Director General de la OLAF.

El Director General contestará en el plazo de dos meses a partir de la fecha de registro de la reclamación, a menos que esté justificado un plazo más largo por la complejidad de la reclamación. Tenga en cuenta que este procedimiento no se aplica a las investigaciones que se hayan cerrado y transferido a las autoridades competentes.

Puede presentar la reclamación en la dirección siguiente: 

Personal de la UE

Los miembros del personal de la UE también pueden presentar una solicitud o reclamación al Director General de la OLAF, de conformidad con el artículo 90 bis del Estatuto de los funcionarios, en relación con cualquier acto que les sea lesivo en el contexto de una investigación de la OLAF.

El director general responderá al reclamante en un plazo de cuatro meses a partir de la fecha de registro de la reclamación.

Si al final de ese período la OLAF no ha proporcionado una respuesta, se considerará que esto constituye una decisión denegatoria implícita, contra la que podrá interponerse recurso de conformidad con el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios.

Puede presentar la reclamación en la dirección siguiente:

Reclamaciones relativas a una posible infracción del Código de Buena Conducta Administrativa

Cualquier persona de un Estado miembro o de un tercer país puede presentar una reclamación ante la OLAF si considera que la Oficina ha infringido el Código de Buena Conducta Administrativa de la Comisión al tratar con el público.

Puede presentar la reclamación en la dirección siguiente: 

Reclamaciones relativas a posibles casos de mala administración

También se puede presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo, que es responsable de investigar las reclamaciones por mala administración en las instituciones y órganos de la Unión Europea, incluida la OLAF.

Antes de presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo, primero debe plantear el asunto a la OLAF y darle un plazo razonable para responder a su preocupación. La reclamación debe presentarse en un plazo de dos años a partir de la fecha en que usted tuvo conocimiento de los hechos en que se basa.

Para más información, consulte: Defensor del Pueblo Europeo – Presentar una reclamación.

Reclamaciones relativas a datos personales

El trabajo diario de la OLAF también implica el tratamiento de datos personales.

Toda persona física que considere que los derechos que le confiere el Reglamento 2018/1725 han sido vulnerados como consecuencia del tratamiento de sus datos personales por la OLAF tiene derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD). El SEPD es la autoridad independiente de protección de datos de la Unión Europea. Puede ponerse en contacto con el SEPD en la siguiente dirección: 

Para más información, consulte: Protección de datos – Reclamaciones.

Solicitudes

La OLAF está jurídicamente obligada a tratar toda la información que obtenga durante sus investigaciones como confidencial y sujeta al secreto profesional, tal como se establece en el artículo 339 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el artículo 10 del Reglamento n.º 883/2013 y el artículo 17 del Estatuto de los funcionarios.

Sin embargo, tiene derecho a solicitar el acceso a determinada información o documentos.

Solicitudes de acceso del público a los documentos (Reglamento n.º 1049/2001)

Con arreglo a las normas de la UE sobre el acceso del público a los documentos (Reglamento n.º 1049/2001), los ciudadanos de la UE, así como las personas físicas o jurídicas que residan o tengan su domicilio social en un Estado miembro, pueden ponerse en contacto con la OLAF para solicitar el acceso a documentos específicos.

El Reglamento n.º 1049/2001 tiene por objeto dar acceso al público en general a los documentos que obren en poder de una institución. Todo documento divulgado en virtud de este Reglamento se pone automáticamente a disposición del público cada vez que se presente una solicitud posterior, lo que significa que dicho documento pasa a ser de dominio público.

Téngase en cuenta que la gran mayoría de los documentos de la OLAF son confidenciales y que su divulgación puede impedirse mediante una o varias excepciones establecidas en el artículo 4 del Reglamento n.º 1049/2001.

Puede presentar su solicitud en la dirección siguiente: 

Solicitudes de acceso al informe final presentadas por una persona implicada (Reglamento n.º 883/2013)

En principio, una persona implicada en una investigación de la OLAF puede tener acceso al informe final si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 10, apartado 3 ter, del Reglamento n.º 883/2013.

A este respecto, una persona implicada podrá solicitar a la OLAF que le facilite el informe final de la investigación cuando la Oficina haya recomendado una actuación judicial subsiguiente y a falta de objeciones en el plazo de doce meses por parte de las autoridades a las que se haya dirigido el informe final. Si se cumplen estas condiciones, el acceso se concederá únicamente en la medida en que el informe final se refiera a la persona implicada y sujeto a las normas aplicables en materia de confidencialidad y protección de datos, en particular por lo que respecta a los denunciantes de irregularidades e informadores. 

Puede presentar su solicitud en la dirección siguiente:

Solicitudes relativas a datos personales (Reglamento 2018/1725)

En virtud del Reglamento 2018/1725, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, los datos personales de las personas físicas se almacenan en los ficheros electrónicos y en papel de la OLAF para garantizar la conformidad con los requisitos del Reglamento n.º 1049/2001 y de la Decisión 2001/937/CE de la Comisión.

  • Solicitudes relativas a datos personales

Toda persona física tiene derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento.

Puede presentar su solicitud en la dirección siguiente: 

  • Delegado de protección de datos

Cualquier persona puede ponerse en contacto con el delegado de protección de datos de la OLAF

en relación con otras cuestiones relacionadas con la protección de datos.

Para más información, consulte: OLAF – Protección de datos.